Diseña un sitio como este con WordPress.com
Comenzar

Entender y conocer de #protocolo y #ceremonial, MÁS necesario hoy en día.

Es un poco tanto confuso lo que sucedió ayer en la ceremonia del 106 Aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917, realizada en Querétaro, un tanto por las formas y otro, por los fondos, que se ven agravados por un Twitter que el vocero de la república hace mencionando: “Resulta desafortunado que no todos respetaron el protocolo de la ceremonia”, afirmación que no es correcta y que significa, si se aprovecha, una gran oportunidad para normar y establecer guías respecto a lo que debe pasar en ceremonias y actos oficiales solemnes, como el de ayer, o como la conmemoración de la independencia o la misma revolución, actos donde luego vemos cada ocurrencia, dado el desconocimiento y los afanes de protagonismo.

Lo que ayer vimos puede ser un ejemplo de lo que debemos cuidar para evitar que, por una mala ejecución y por supuesto, una mala planeación (sea por temas formativos o hasta de imposición/premeditados), los mensajes se pierdan y pasen a segundo plano.

Primero habría que señalar que la maestra de ceremonia, al inicio del acto, no es precisa en su intervención, y debió mencionar que los honores eran para la bandera y para el Presidente de la república, honores que en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, en el ARTÍCULO 43 están señalados: “En el caso de ejecución del Himno Nacional para hacer honores al Presidente de la República, las bandas de guerra tocarán «Marcha de Honor»; cuando el Himno sea entonado, las bandas de guerra permanecerán en silencio, pero en el caso de honores a la bandera, la banda de música ejecutará el Himno y las de guerra tocarán «Bandera» simultáneamente. En ninguna ceremonia se ejecutará el Himno Nacional más de dos veces para hacer honores a la Bandera ni más de dos veces para rendir honores al Presidente de la República.

La misma ley precisa que los honores se rinden primero a la bandera y luego a las personas, tal como está escrito en el ARTÍCULO 12 Los honores a la Bandera Nacional se harán siempre con antelación a los que deban rendirse a personas.

Como soporte, en el reglamento de ceremonial militar en el título II “Honores militares” menciona, en el ARTÍCULO 4o.- que los Honores militares son los que se hacen a la Enseña Nacional y a las personas por la jerarquía o cargo que ejercen. Se efectúan por las tropas en las ocasiones y en la forma que previene el presente Reglamento

Luego, en el ARTÍCULO 7o. menciona que los honores militares sólo tendrán lugar, entre el toque de diana y la última lista de la tarde, salvo las excepciones previstas en este Reglamento, debiendo hacerse una vez en la mañana y otra por la tarde.  En cuanto al Presidente de la república, este solo puede recibir únicamente de la guardia con bandera, nombrada al efecto, cuando el C Presidente de la república concurra a un acto solemne, sea cual fuere la hora en que éste tenga que efectuarse. Sin embargo, en el ARTÍCULO 8o.- queda muy claro el orden de los honores: “No se harán honores a persona alguna en el momento de hacerlos a la bandera; pero se le harán después de dicho acto”, algo que parece ser opuesto a lo que se señala en la LEBHN en su artículo 12.

En cuanto a que si está mal o bien que la Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández se haya quedado sentada durante la entrada del Presidente, en realidad no incumplió ninguna ley o norma, pues ese momento, el de los aplausos, no forma parte de la ceremonia de honores.

Lo que si fue incorrecto y por lo tanto, si es una falla de Protocolo (no por omisión, sino por intención) es el acomodo de las autoridades ahí presentes, que llamamos precedencias, pues al estar los tres poderes, representados por sus titulares, su acomodo, en función del orden de precedencia  u ordenación que correspondía en función del evento, fue totalmente incorrecto, tan así, que el orden de presentación no correspondió, en la mayoría de las ocasiones, al orden en que estaban asignados en el lugar las y los invitados. Generalmente en un acto, el orden de presentación y el orden de acomodo están relacionados, para que haya orden y consistencia. Con esto en mente, podemos decir que vimos tres criterios de ordenación o precedencias:

1.- El de presentación

2.- El de acomodo en el presídium

3.- El del orden para los discursos.

También hay que decir que existe una fórmula NO escrita, más por cortesía que por otro tema, donde las mujeres en el presídium, si así lo desean, pueden quedarse sentadas en su lugar en momentos no formales, como cuando un orador termina su mensaje y pasa rumbo a su lugar, saluda, si es que lo hace (no siempre se recomienda) En esta ceremonia, dado el número de integrantes de presídium muchos decidieron no hacerlo ( ya se habían saludado al principio y seguro lo hicieron al final). Así que seguramente la Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández opto por esta fórmula, qué ojo, NO es norma ni ley, es, en todo caso, una decisión personal

Lo que vimos en esta ceremonia es un síntoma de no contar con guías o manuales de ceremonial y protocolo, documentos que ayuden a establecer, de manera clara y precisa, sin lugar a ambigüedades e interpretaciones personales lo que debe suceder en un acto oficial, desde la manera de acomodar a las autoridades, su orden y vocativos para la presentación (que no son inventos, son fórmulas establecidas en documentos oficiales), el orden de los discursos, la manera de “vestir” los espacios, por ejemplo, vemos en esta ceremonia ( ceremonia del 106 Aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917) que la Bandera de México pudo haber estado un poco más adelante para que pudiera ser vista (y tener un lugar preponderante), por todos los presentes y también en las trasmisiones que se hicieron,  donde “parecía” perderse tras por la columna. Simplemente con adelantar un poco su ubicación (de la bandera), este símbolo nacional hubiera tenido mayor presencia y fuerza.

Valga la pena, pues, poner sobre la mesa estos temas, donde hay muchas lagunas, inconsistencias e indefiniciones, que ninguna ley o norma esclarece o define de forma clara y precisa, dada la complejidad de los actos y eventos, sean públicos o privados, que pueden ser resueltos, pero para que ello suceda, debe primero conocerse más los conceptos de protocolo y ceremonial y luego, estudiar sus ámbitos, sus fundamentos y por supuesto, su aplicación en los actos y eventos.

Anuncio publicitario

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Crea un blog o un sitio web gratuitos con WordPress.com.

Subir ↑

A %d blogueros les gusta esto: